Decreto Nro. 1831/93

Buenos Aires, 1º de septiembre de 1993

VISTO la Ley Nº 17.622 y su Decreto Reglamentario Nº 3110/70 y

CONSIDERANDO:

Que como parte de la política vigente de reforma y modernización del Estado es necesaria la reconstrucción del SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL con el fin de contar con información estadística veraz y oportuna para la toma de decisiones del Gobierno y de los ciudadanos.

Que tal necesidad fue fijada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en ocasión de inagurarse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION del año 1993, al explicitarse las políticas sectoriales para el período 1993 a 1995.

Que para el logro de ese objetivo resulta necesario fijar de modo taxativo las obligaciones mínimas que, en materia de producción o recopilación de información estadística sectorial, deberán cumplir los organismos centrales y periféricos que integran el SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL.

Que la disponibilidad de esta información sectorial posibilitará conocer adecuadamente la evolución de las actividades económicas, sociales y culturales y la de los sectores de servicios privatizados.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS dependiente de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en su carácter de organismo rector de la estadística nacional, centralizará las acciones de coordinación, seguimiento y control para garantizar el funcionamiento eficiente del SISTEMA tanto a nivel nacional como provincial.

Que la presente medida se dicta en cumplimiento de los articulos 3º incisos a), b) y c), y 5º inciso b) de la Ley 17.622 y en uso de las facultades del artículo 86 inciso 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º.- De acuerdo con lo establecido por la Ley 17622, y a fin de dar cumplimiento al PROGRAMA ANUAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, los Ministerios, Secretarías y otros organismos estatales deberán disponer lo necesario para suministrar, en tiempo y forma, la información estadística básica que en cada caso se detalla en el ANEXO I del presente decreto.

ARTICULO 2º.- Se autoriza al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, mediante Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a disponer la incorporación de otros organismos estatales para asegurar la continuidad y vigencia del Programa.

ARTICULO 3º.- El INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, mediante Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, detallará las series estadísticas que integrarán el PROGRAMA ANUAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, y que constituirán la información mínima que deberá suministrar cada organismo.

ARTICULO 4º.- Los Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION controlarán en las áreas de su competencia el efectivo cumplimiento de las obligaciones que en materia de información sectorial se establecen en el presente Decreto.

ARTICULO 5º.- El INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS, establecerá la utilización de definiciones, normas y clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información requerida por el PROGRAMA ANUAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS y ejercerá la coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos incluidos en el mismo.

ARTICULO 6º.- EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS dependiente de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA elevará al PODER EJECUTIVO NACIONAL por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, un informe semestral sobre el estado de situación de las actividades estadísticas que se desarrollan en el cumplimiento del ANEXO I y que se integran al PROGRAMA ANUAL DE ESTADISTICA Y CENSOS de la Ley 17622.

ARTICULO 7º.- Los Ministerios, Secretarías y Organismos comprendidos en el presente Decreto, deberán presentar al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS informes trimestrales sobre la marcha de los trabajos encomendados.

ARTICULO 8º.- Se invita a los Gobiernos Provinciales y Municipales a disponer normas similares a la presente en el ámbito de sus jurisdicciones y asegurar su cumpliento con el fin de realizar sus funciones en el SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL.

ARTICULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Decreto Nro. 1831/93

Dr. DOMINGO FELIPE CAVALLO
MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS

ANEXO I

AREAS DE RESPONSABILIDAD ESTADISTICA DE LOS MINISTERIOS, SECRETARIAS DE ESTADO Y ORGANISMOS ESTATALES.

PRESIDENCIA DE LA NACION

1. SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA. Gasto nacional total, público y privado, en ciencia y técnica. Personal científico y técnico que trabaja en el país. Subsidios y préstamos estatales otorgados, totales y por finalidades y disciplinas.

2. SECRETARIA DE TURISMO. Ingreso y egreso de turistas del y al exterior. Gastos de turistas extranjeros en la Argentina y de turistas argentinos en el exterior. Movimientos de turistas, gastos y capacidad instalada en el turismo interno.

3. SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO. Acciones preventivas. Procedimientos realizados y volumen de droga decomisadas y secuestrada.

4. SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO. Conservación y explotación de la fauna y flora silvestres. Parques Nacionales. Acciones para la preservación del medio ambiente: suelos, agua y aire. Explotación forestal (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA).

5. COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION (COMFER). Emisoras de radio y televisión, abiertas y por cable, y horarios de transmisión.

6. SECRETARIA DE DEPORTES. Actividad deportiva en todo el país. Subsidios otorgados, por finalidad y disciplina. Participación de delegaciones argentinas en el exterior.

MINISTERIO DEL INTERIOR

7. SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA. Cantidad, características, capacitación y remuneraciones de los empleados públicos nacionales (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE HACIENDA).

8. SECRETARIA DE POBLACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD. Cantidad, características y lugares de origen o destino de las personas que ingresan al país o salen de él.

9. SECRETARIA DEL INTERIOR. Padrones y elecciones nacionales. Documentación de las personas.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

10. SECRETARIA DE CULTO. Cultos registrados en el país y sus características.

11. SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES. Oportunidades comerciales en el exterior. Participación del país en actividades económicas en el exterior. Información relevante sobre la economía internacional.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

12. SECRETARIA DE ECONOMIA. Inversión extranjera en el país. Actividades del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS.

12.1. COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Movimiento y monto de las operaciones bursátiles y del mercado abierto de capitales.

12.2. SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION. Entidades, producción, primas y siniestros.

13. SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA. Evolución de la economía argentina y sistema de cuentas nacionales. Inversión pública. Desregulación y organización económica. Economías regionales. Evolución de los niveles de vida y la pobreza.

13.1. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS. Además de su función rectora del Sistema Estadístico Nacional tendrá la responsabilidad directa de producir los censos nacionales de población y vivienda, económicos y agropecuarios; las estadísticas agropecuarias intercensales de las principales variables (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA); las estadísticas de los principales productos agropecuarios de las economías regionales (en coordinación con las Provincias); el avance en la utilización estadística de imágenes satelitales (en colaboración con el INTA); las estadística de desempleo; las demográficas; las de ingresos y gastos de los hogares; los índices de precios mayoristas, minoristas y costos de la construcción; las estadísticas del movimiento comercial y de los servicios. Deberá publicar todos los años el Anuario Estadístico de la Nación en el que se reflejará toda la producción estadística relevante del Sistema Estadístico Nacional.

14. SECRETARIA DE HACIENDA. Información sobre el presupuesto nacional y su ejecución, la cuenta de ahorro-inversión, la evolución de la tesorería, el financiamiento público externo e interno, la evolución de la deuda pública, los entes residuales, las finanzas provinciales y el patrimonio del Estado. Cantidad, características, capacitación y remuneraciones de los empleados públicos nacionales (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA).

15. SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS. Evolución y principales características de los ingresos del Estado y del Sistema de Seguridad Social. Origen de la recaudación por sectores de actividad económica y tramos de ingreso.

15.1. ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS. Participar con el INDEC en la estadística del comercio exterior.

16. SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Registro Industrial de la Nación. Estructuras de costos de la industria. Oferta de produción exportable. Precios del comercio interior (responsabilidad compartida con el INDEC), márgenes de comercialización, defensa de la competencia y lealtad comercial. Vitivinicultura. Participar con el INDEC en la estadística del comercio exterior.

17. SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Superficie sembrada y cosechada y rendimientos de todos los cultivos económicamente relevantes (responsabilidad compartida con el INDEC). Existencia de ganado de todas las especies económicamente relevantes (responsabilidad compartida con INDEC). Producción y comercialización de carnes y subproductos. Producción y exportaciones pesqueras. Explotación forestal (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO). Precios diarios de los productos agropecuarios (responsabilidad compartida con el INDEC).

18. SECRETARIA DE ENERGIA. Potencia y energía instalada. Valor y unidades físicas de la producción, transmisión y distribución de energía eléctrica a nivel nacional, por fuentes y usuarios. Exportaciones e importaciones de energía eléctrica a nivel nacional, por fuentes y usuarios. Exportaciones e importaciones de enegía eléctrica. Balance energético y proyecciones de la oferta y demanda de energía y potencia. Existencias, producción, distribución y comercialización de combustible y subproductos por fuentes y usuarios. Precios y tarifas de la energía y los combustibles. Los entes reguladores de la electricidad y el gas deberán contribuir cuanto sea necesario para la producción de las estadísticas consignadas.

19. SECRETARIA DE MINERIA. Volumen y valor de la producción nacional de minerales Metalíferos, no metalíferos, Rocas de Aplicación y Piedras Semipreciosas. Producción y consumo de minerales y metales no ferrosos.

20. SECRETARIA DE TRANSPORTE. Parque de unidades, pasajeros y carga transportada en aeronavegación comercial, transporte fluvial y marítimo, transporte automotor urbano (Area Metropolitana) e interurbano de pasajeros, transporte automotor de carga, ferrocarriles y subterráneos. Movimiento portuario. Vías navegables. Precios y tarifas del transporte. Los entes reguladores pertenecientes al ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE deberán contribuir cuanto sea necesario para la producción de las estadísticas consignadas.

21. SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES. Comunicaciones teléfonicas nacionales e internacionales y servicios de telecomunicaciones de valor agregado. Movimiento del correo estatal y privado. Obras públicas realizadas y en ejecución. Producción, distribución y comercialización de agua potable. Precios y tarifas de las comunicaciones, el agua y los servicios sanitarios. Los entes reguladores pertenecientes al ámbito de la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones deberán contribuir cuanto sea necesario para la producción de las estadísticas consignadas.

22. SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES. Existencia, actividad y movimiento de las cooperativas.

23. BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Reservas internacionales y cumplimiento de la ley de convertibilidad. Dinero. Sistema financiero. Tasas de interés. Mercado cambiario.

MINISTERIO DE JUSTICIA

24. SECRETARIA DE JUSTICIA. Estadísticas sobre inicio, estado y finalización de las causas judiciales en los juzgados nacionales.

ESTADISTICAS DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

25. SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES. Procesados y condenados por la justicia y reincidencia criminal.

MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

26. SECRETARIA DE CULTURA. Estadística de las actividades culturales propiciadas por el Gobierno Nacional. Establecimientos y visitantes o espectadores en museos y monumentos históricos, bibliotecas, salas cinematográficas y teatrales, exposiciones.

27. SECRETARIA DE PROGRAMACION Y EVALUACION EDUCATIVA. Establecimientos educacionales, equipamiento, matrícula, egresados y docentes en todos los niveles de enseñanza pública y privada, excepto las universidades. Indicadores de deserción, repitencia y desempeño educativo. Gastos en educación por alumno y por niveles y costos de la educación en las distintas jurisdicciones.

28. SECRETARIA DE LAS POLITICAS UNIVERSITARIAS. Establecimientos, equipamiento, matrícula, egresados, docentes y no docentes en la enseñanza universitaria. Indicadores de deserción y desempeño educativo. Gastos en la educación por alumno y costos de la educación universitaria en las distintas jurisdicciones.

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

29. SECRETARIA DE ACCION SOCIAL. Estadística sobre los programas sociales desarrollados con financiamiento del Gobierno Nacional. Menor y familia. Mutuales. Juegos de azar y reuniones hípicas.

30. SECRETARIA DE LA SALUD. Establecimientos hospitalarios, equipamiento, ingresos y egresos de pacientes. Obras sociales y seguros de salud. PAMI. Establecimientos de salud privados, equipamiento, ingresos y egresos de pacientes. Servicios de emergencias médicas. Programas de vacunación. Natalidad, mortalidad por causas, mortalidad infantil, morbilidad. Calidad y diversidad de alimentos y de medicamentos.

31. SECRETARIA DE VIVIENDA Y CALIDAD AMBIENTAL. Planes de viviendas realizados con financiamiento estatal por jurisdicciones, unidades construidas, tipos de destinatarios, montos insumidos, costos unitarios y fuentes de financiamiento.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

32. SECRETARIA DE TRABAJO. Convenios colectivos de trabajo y sus características. Salarios básicos de convenio. Asociaciones profesionales. Seguro de desempleo. Accidentes de trabajo. Registro de la construcción. Conflictos.

33. SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Prestaciones a jubilados y pensionados por regímenes, montos, destinatarios y características de los mismos. Subsidios directos e indirectos recibidos por los jubilados y pensionados en servicios públicos, impuestos, alimentos, medicamentos, etcétera. Evolución de la deuda con los jubilados.

MINISTERIO DE DEFENSA

34. SECRETARIA DE PLANEAMIENTO. Empresas y organismos descentralizados del área de defensa. Personal en actividad y en retiro. Pagos de retiros y pensiones militares. Estadística sobre las principales características socioeconómicas y sanitarias de las personas citadas al servicio militar.

35. FUERZA AEREA ARGENTINA. Información climática y meteorológica. Movimiento de los aeropuertos (responsabilidad compartida con la SECRETARIA DE TRANSPORTE).

36. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Parque de buques existentes.