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Guía para el completamiento del cuestionario A |
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Ingresos |
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En este ítem declara ingresos aquel local que tiene alguna actividad que consiste en la reventa de mercaderías. Las mercaderías en el mismo estado en que fueron adquiridas son aquellas que no sufrieron transformación alguna en este local.
Esta actividad es propia del sector comercio.
El fraccionamiento, modificaciones menores de tipo ornamental y de presentación, no se considera una transformación (por ejemplo, en la industria textil, un pantalón producido por terceros, con materia prima de ese u otro tercero, a la cual en este local se le agrega únicamente una etiqueta con la marca, será considerado reventa de un producto en el mismo estado en que fue adquirido).
El fraccionamiento de vino se considera actividad productora (se declara en 3.4.5 -Trabajos industriales realizados para terceros-).
La reventa puede ser mayorista o minorista, de productos nuevos o usados, a consumidores finales o intermedios (productores).
Se considera reventa si los bienes fueron producidos en otros locales de la misma empresa.
No se considera reventa la comercialización de bienes producidos en locales de terceros con materia prima propia de este local (se declara en 3.4.5).
Son las comisiones cobradas y otros servicios devengados por la intermediación de la compra y venta de mercaderías de terceros. Por ejemplo por la venta en consignación de mercaderías en general, las comisiones cobradas en la venta de cereales, por la venta de avisos, etc.
Se excluyen las comisiones por venta de servicios de terceros, que se declaran en 3.4.8
-Prestación de servicios-.
3.4.3 ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN
Comprende los ingresos por la preparación de terrenos para obras, perforación y sondeo, construcción de edificios y sus partes (electricidad, plomería, instalación de gas y ascensores, pintura, etc.), alquiler de equipos de construcción, etc.
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Se definen como tales a todas las etapas que van desde la preparación del terreno para el levantamiento de las obras hasta las relacionadas con su terminación y acondicionamiento para su utilización. También son consideradas como actividades de construcción la instalación de ascensores, escaleras mecánicas, calderas, carpintería metálica, grandes equipos de acondicionamiento climático, etc., realizada por cuenta de terceros, es decir, aquellas realizadas por empresas diferentes a las que las producen. Del mismo modo, se incluye el montaje "in situ" de construcciones prefabricadas que no sean de producción propia. Se consideran entonces también dentro de las actividades de construcción aquellas realizadas por empresas de demolición, poceros, plomeros, electricistas, pintores, herreros, etc. Se incluyen todas las actividades relacionadas con la ejecución de obras de arquitectura, de ingeniería civil e infraestructura, tal el caso de edificios, obras viales, tendidos eléctricos, vías férreas, gasoductos, obras hidráulicas, etc.
3.4.4 VENTA DE BIENES PRODUCIDOS POR EL LOCAL
Comprende la venta realizada por el local, durante 2003, de bienes elaborados en el local o mandados a elaborar por terceros con materia prima del local, a precio de venta en fábrica.
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En este ítem declara ingresos aquel local que tiene alguna actividad que consiste en vender bienes producidos por el mismo local mediante un proceso de transformación de materia prima.
Si el local vende bienes elaborados en locales de terceros, con materia prima de este local, debe declarar ingresos en este ítem (se considera que la producción es de este local).
En este ítem corresponde declarar los ingresos por actividades industriales realizadas por cuenta de terceros sobre materia prima propiedad del tercero.
Esta actividad forma parte del sector Fabricación de Bienes.
En este ítem declara ingresos aquel local que tiene alguna actividad que consiste en realizar reparaciones de máquinas y equipos que pertenecen a terceros. No se incluyen las reparaciones de maquinarias y equipos menores, artefactos domésticos, etc. porque no se consideran parte de la actividad industrial (se los incluye en el sector Prestación de Servicios).
Esta actividad forma parte del sector Fabricación de Bienes.
Deben declararse aquí los ingresos obtenidos por:
- Generación, transporte y distribución de energía eléctrica
- Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías
- Captación, depuración y distribución de agua
Se excluye el fraccionamiento de gas en garrafas, tubos u otros envases (estas actividades no se consideran una transformación, quien hace estas actividades para luego vender el producto debe declarar en comercialización de bienes).
Comprende:
- Reparación de efectos personales y enseres domésticos.
- Servicios de alojamiento y sus actividades conexas prestados por hoteles, moteles, hosterías, apart-hoteles, bungalows, albergues juveniles y otros lugares de alojamiento temporal.
- Servicios de expendio de comidas y bebidas en restaurantes, bares y otros establecimientos con servicios de mesa y/o en mostrador y heladerías.
- La venta de comidas para su consumo, sea en el local, o para llevar, incluida la venta de bebida para acompañar a las comidas.
- Servicios de transporte de pasajeros y de carga.
- Servicios de transporte por tuberías, oleoductos y
- Servicios de manipulación de cargas, almacenamiento y depósito.
- Servicios complementarios del transporte: terminales, logística, peajes, garajes, hangares, amarres, guarderías náuticas, practicaje, remolque, agencia de viajes.
- Servicios de correos y telecomunicaciones.
- Actividades de las Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda, Tarjetas de Crédito, Tarjetas de Débito, Compañías de Crédito para Consumo, Empresas de Ticket Canasta, Mutuales de Ahorro y Préstamo.
- Servicios auxiliares a las entidades financieras y de seguros.
- Los servicios inmobiliarios abarcan una serie de actividades como la promoción de proyectos inmobiliarios - excepto los realizados por las empresas constructoras-; la gestión de inmuebles para su compra, venta o alquiler; y los servicios de administración como el cobro de alquiler y la tasación. Se excluye el arrendamiento de campo.
- Alquiler de equipos, maquinaria y enseres domésticos.
- Servicios informáticos y actividades conexas.
- Investigación y Desarrollo.
- Servicios jurídicos y de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos; estudios de mercados y realización de encuestas de opinión pública; asesoramiento empresarial y en materia de gestión.
- Servicios de arquitectura, ingeniería y servicios técnicos.
- Publicidad
- Otros servicios empresariales
- Servicios de enseñanza que comprenden la educación privada de cualquier nivel o para cualquier profesión, ya sea oral o escrita, y por diversos medios como radio, televisión, redes informáticas, etcétera. Abarca tanto la educación impartida por las diferentes instituciones privadas del sistema educativo, en todos sus niveles, la enseñanza de adultos, la educación especial, los programas de alfabetización, la formación profesional en el mundo del trabajo, etcétera, sean de carácter formal o no formal. A las actividades enumeradas anteriormente, se agregan la enseñanza cuya finalidad principal es el esparcimiento, como por ejemplo la de juegos de tenis o golf, las clases de danza o baile, etcétera.
- Servicios de atención de la salud humana, servicios veterinarios y servicios sociales con y sin alojamiento. Los primeros comprenden la actividad de todo establecimiento asistencial, ya sea que dependa de universidades, u obras sociales, a entidades de medicina pre-paga, etcétera, siempre que formen parte del sector privado, cuya actividad consista exclusivamente en el cuidado y la atención de la salud a través de la prestación de servicios en cualquiera de sus formas, servicios de diagnóstico, cuidado, rehabilitación etc.
- Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y servicios similares. Los servicios especiales de tratamiento que incluyen el transporte y la eliminación de desperdicios especiales, por ejemplo residuos tóxicos. El vertido de desperdicios en tierra o en el mar, incluso su entierro. Incluye los servicios de volquetes y los servicios de remoción de escombros.
- Servicios y organizaciones empresariales, profesionales, de empleadores y otras sin fines de lucro.
- Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, Servicios de cinematografía, radio y televisión y servicios de espectáculos artísticos y de diversión.
- Agencias de noticias.
- Bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales.
- Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas y explotación de las instalaciones.
- Lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o de piel, incluso la limpieza en seco.
- Comprende los servicios de lavado, corte, peinado, teñido, coloración, ondulación y alisadodel cabello, depilación, afeitado, corte de barba y otras actividades similares para varones y mujeres.
- Comprende la sepultura e incineración de cadáveres humanos o de animales y otras actividades relacionadas con las mismas.
- Servicios para el mantenimiento físico-corporal, las actividades de mantenimiento físico como las de baños turcos, saunas, baños de vapor, solarios, salones de adelgazamiento y de masajes, etcétera.
- Los servicios de higiene personal, tratamiento de belleza corporal, depilación, la realizada en salones de belleza y otros servicios de higiene.
- Los servicios de rayos ultravioletas e infrarrojos, las actividades de astrología, videntes, tarotistas, grafólogos, espiritistas, etcétera.
- Los servicios con fines sociales como las agencias matrimoniales y de contratación de acompañantes.
- Las actividades de lustrabotas, acomodadores de autos, maleteros, etcétera. Las actividades de tatuaje. Las peluquerías de animales de compañía.
- La venta de servicios turísticos, incluyendo comisión de agencia de los siguientes ítems: hotelería, transporte aéreo, transporte terrestre, transporte marítimo, paquetes turísticos y otros servicios turísticos, así como toda otra comisión por intermediación en la prestación del servicio turístico.
Se incluyen los servicios agropecuarios, mineros y pesqueros.
En este ítem declara ingresos aquel local que percibe o tiene derecho a percibir un ingreso en concepto de alquiler de uno o más inmuebles propios de este local.
En este ítem no se declara ingresos por el alquiler de instalaciones o equipos porque se los pide en 3.4.12 (Otros ingresos corrientes). También se excluye el alquiler de campos, por tratarse de una renta de la tierra o propiedad.
Deben declararse aquí los montos correspondientes a los siguientes conceptos:
- Reintegros: sumas recibidas por empresas que exportan, en compensación de impuestos pagados en el mercado interno.
- Subsidios: sumas recibidas del Estado para financiar gastos de operación o compensar tarifas. Incluye los beneficios de promoción industrial.
En este ítem declara ingresos aquel local que haya percibido o haya adquirido el derecho de percibir ingresos en concepto de intereses durante el año 2003.
Se debe declarar en este ítem los otros ingresos corrientes del local y que no se encuentren especificados en ninguno de los ítems anteriores.
En este ítem se declara el total de ingresos devengados del año 2003. Este total, debe corresponderse con la suma de sus parciales.
Comprende el valor de impuestos específicos de los que el local es agente de retención. Por ejemplo: los impuestos a los cigarrillos, las bebidas, a ciertas actividades, etc.
Para ver el documento donde se detalla el alcance
de las variables arriba mencionadas, haga click aquí.
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